Sentencia N° 550 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de octubre de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 550, Exp. 02-398, 08/10/2002
Expediente02-398
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2002-10-08
DecisiónCOMPETENTE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y el Tribunal de Carrera Administrativa. La controversia surgió a raíz de una demanda por accidente de trabajo presentada por Hilda Yajaira Poleo Pérez, quien se encontraba en calidad de funcionaria pública al momento del accidente. El Juzgado de Primera Instancia declinó su competencia, argumentando que la materia debía ser conocida por el Tribunal de Carrera Administrativa, mientras que este último planteó el conflicto de competencia ante la Sala de Casación Social.

Extracto de la motiva

El presente conflicto de competencia surge en virtud de la declinatoria de competencia del tribunal de primera instancia laboral en fundamento a que la ciudadana Hilda Yajaira Poleo Pérez, ejercía el cargo como Directora General Sectorial de Personal de la Gobernación del Distrito Federal, hoy Alcaldía Mayor del Distrito Metropolitano de Caracas al momento de sufrir el accidente de trabajo objeto del caso bajo análisis, cargo éste que le otorga la condición de funcionario público, cuyos conflictos laborales deben resolverse de conformidad con la Ley de Carrera Administrativa; por otro lado el tribunal requerido plantea el conflicto de competencia, cuando establece que al tratarse la presente demanda de una acción de daños y perjuicios propuesta contra una dependencia gubernamental, como lo es la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, su resolución le corresponde a los tribunales competentes de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 183 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara COMPETENTE para conocer de la presente causa, AL JUZGADO DISTRIBUIDOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, CON SEDE EN CARACAS. Publíquese, regístrese y remítase directamente este expediente al tribunal declarado competente, es decir, Juzgado Distribuidor en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con sede en Caracas. Particípese esta decisión al Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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