Sentencia N° 549 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de julio de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0549, Exp. 12-064, 23/07/2013
Expediente12-064
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-07-23
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada y por los terceros intervinientes contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. La decisión se fundamenta en que el control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso, ya que no se evidencian violaciones de normas de orden público.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 7 de diciembre de 2011, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por los terceros intervinientes, contra la sentencia del Juzgado Superior supra referida. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.