Sentencia N° 542 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de junio de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0542, Exp. 16-0560, 27/06/2017
Expediente16-0560
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-06-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 27 de junio de 2017, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la demandada INTERCONCRET C.A. contra la sentencia del Juzgado Noveno Superior del Trabajo, que había declarado con lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales. La Sala determinó que la relación entre el demandante principal, Yorvis Ramos, y la demandada era de índole laboral, a pesar de los alegatos de la demandada que sostenían que se trataba de una relación mercantil. La Sala concluyó que la demandada no logró desvirtuar la presunción de laboralidad, por lo que se confirmó el fallo recurrido.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: Delata la formalizante la falsa aplicación de los artículos 39 y 67 de la Ley Orgánica del Trabajo (1997), hoy 35 y 55 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, por cuanto el juez superior “declaró procedente la existencia de una relación de trabajo” entre el demandante principal, ciudadano Yorvis Ramos y la demandada y consecuencialmente con el “Resto de los Codemandantes” cuando lo cierto es que quedó demostrado que el vínculo que existió con el accionante identificado fue una relación mercantil. Respecto a la falsa aplicación de una norma, esta Sala ha dejado establecido en innumerables decisiones, que ésta opera, cuando al supuesto de hecho no se le aplica la norma que corresponde, de allí que el referido vicio se traduce, en la incorrecta elección de la norma jurídica aplicable, vale decir la pretensión u omisión de la norma jurídica que debió ser aplicada es decir, es el establecimiento de una falsa relación entre los hechos en principio correctamente determinados por el juzgador y el supuesto de hecho de la norma, también adecuadamente interpretada, que conduce a que utilice una norma jurídica no destinada a regir el hecho concreto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la demandada INTERCONCRET, C.A., contra la sentencia del Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, del 2 de mayo de 2016; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la accionada recurrente, de conformidad con lo establecido en los artículos 61 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesrecurso de casaciónrelación laboralpresunción de laboralidad

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