Sentencia N° 54 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de febrero de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0054, Exp. 08-1776, 05/02/2009
Expediente08-1776
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-02-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 5 de febrero de 2009, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Julio Máximo Romero Viloria contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La parte recurrente alegó infracciones al orden público laboral y errores en la interpretación de normas, pero la Sala consideró que la sentencia recurrida no incurrió en las violaciones imputadas. Se destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Expuesto lo anterior, esta Sala de Casación Social pasa a realizar el siguiente pronunciamiento: Denuncia la parte recurrente, que la sentencia generó la infracción del orden público por la interpretación en la aplicación del artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pues de la norma se desprende que cuando se trate de documentos que por mandato de la ley debe llevar el empleador, bastará que el trabajador solicite su exhibición sin necesidad de presentar medio de prueba alguno. Que en el caso de marras se solicitó la exhibición del libro de registro de vacaciones del año 1993 hasta 1999, cuya prueba no fue exhibida por la demandada, y que este hecho debió ser opuesto por la parte demandada y no haber sido suplida de oficio por el Juzgador.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra el fallo emitido por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 26 de septiembre de 2008. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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