Sentencia N° 54 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de enero de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 054, Exp. 03-282, 29/01/2004
Expediente03-282
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-01-29
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, dictó sentencia en la que se declara perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Guárico. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos técnicos necesarios para la formalización del recurso de casación, lo que llevó a la Sala a desestimar las denuncias planteadas por la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La formalización del recurso, es carga procesal que la ley impone al recurrente, según lo previsto en el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil. Establece la citada disposición legal, que el recurrente debe, además de indicar la sentencia contra la cual se recurre, y de expresar el motivo de casación en que se sustenta cada denuncia, citar el artículo o los artículos que se pretenden infringidos; especificar y razonar los fundamentos de la denuncia, explicando cuándo, dónde y cómo fueron violados dichos artículos, y mencionar los argumentos de la recurrida que se consideran violatorios de la disposición denunciada; todo ello con la finalidad de demostrar a los jueces del Alto Tribunal la contradicción existente entre la voluntad abstracta de ley y la conducta concreta del Juez expresada en la sentencia impugnada.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación intentado por la parte demandada contra la sentencia dictada por Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 6 de marzo de 2003.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casacióninfracción de leyjurisdiccióncarga de la pruebasentencia laboraldefecto de actividad