Sentencia N° 539 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de marzo de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0539, Exp. 05-527, 28/03/2006
Expediente05-527
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-03-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, anulando la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado con lugar la demanda de estabilidad laboral. La Sala argumenta que la acumulación de pretensiones entre la calificación de despido y el cobro de prestaciones sociales es inadmisible, ya que ambas acciones son excluyentes por su objeto. Se establece que el actor no era un trabajador dependiente, sino un profesional independiente, lo que justifica la decisión de la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que en caso de ausencia de disposición expresa en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Juez podrá aplicar analógicamente, disposiciones procesales establecidas en el ordenamiento jurídico, teniendo en cuenta el carácter tutelar de las normas laborales y los principios que informan el proceso laboral. El artículo 78 del Código de Procedimiento Civil establece que no podrán acumularse en un mismo libelo pretensiones que se excluyan mutuamente o que sean contrarias entre sí. En sentencia N° 1.371 de 2005 estableció la Sala que los objetivos a los cuales está orientada la acción de estabilidad laboral y la relativa al cobro de prestaciones sociales, son totalmente diferentes y excluyentes. En el caso concreto, verificó la Sala que el actor en su libelo pretende la calificación del despido y el pago de las prestaciones sociales e indemnizaciones previstas en los artículos 108 y 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, las cuales, de conformidad con la doctrina de esta Sala, antes trascrita; son acciones cuyos objetivos son diferentes y se excluyen entre sí, razón por la cual, es inadmisible la acumulación de estas pretensiones y así debió decidirlo la Alzada.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1° CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada, y en consecuencia, se anula la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 22 de febrero de 2005; y, 2° INADMISIBLE la demanda intentada por el ciudadano JUAN RAÚL REYES LOZANO contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JOSÉ ÁNGEL LAMAS DEL ESTADO ARAGUA. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
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