Sentencia N° 537 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de julio de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0537, Exp. 13-540, 11/07/2013
Expediente13-540
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-07-11
DecisiónADMITE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronuncia sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, PDVSA PETRÓLEO, S.A., contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Monagas. La Sala establece que el recurso es procedente al cumplirse con los requisitos de tiempo y forma, y que la decisión recurrida podría haber transgredido normas de orden público laboral.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza es de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 28 de enero de 2013, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas.
Palabras clave
cobro de prestacionesresponsabilidad solidariaorden público laboralintermediaciónprimacía de la realidadLey Orgánica del TrabajoLey Orgánica Procesal del Trabajo