Sentencia N° 530 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de junio de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0530, Exp. 13-1222, 06/06/2016
Expediente13-1222
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-06-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 801, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo, que había revocado un fallo anterior y declarado sin lugar la demanda. La Sala concluyó que no hubo vicio de incongruencia ni de inmotivación en la sentencia recurrida, ya que esta se ajustó a los hechos y pruebas presentadas en el proceso. Además, se reafirmó que la relación entre el demandante y la demandada no era de subordinación laboral, lo que justificó la decisión de confirmar el fallo de alzada.

Extracto de la motiva

El artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone que toda sentencia se deberá redactar en términos claros, precisos y lacónicos, sin necesidad de transcripciones de actas ni documentos que consten en el expediente, pero sí con la debida identificación de las partes y sus apoderados; los motivos de hecho y de derecho que fundamenten la decisión, y la determinación del objeto o cosa sobre la cual recaiga la misma. El artículo 160 eiusdem prevé que la sentencia será nula por faltar las determinaciones contenidas en el artículo 159; por haber absuelto la instancia; por resultar de tal modo contradictoria, que no se pueda ejecutar o no aparezca que sea lo decidido; y, cuando sea condicional o contenga ultrapetita. Además, la sentencia debe ser congruente, lo cual quiere decir que debe guardar relación con los pedimentos del libelo y términos en que el demandado dio contestación. Ese requisito de la congruencia tiene por finalidad el cumplimiento del principio dispositivo que implica el deber del juez de atenerse a lo alegado y probado en autos. Por ello, el juez debe resolver sólo lo pedido y sobre todo lo pedido, de lo contrario, incurrirá en el vicio de incongruencia.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia publicada el 26 de julio de 2007, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del proceso de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

casaciónlaboralsubordinaciónincongruenciainmotivación

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