Sentencia N° 529 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de abril de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0529, Exp. 07-1051, 24/04/2008
Expediente07-1051
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-04-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. La Sala analizó las denuncias de error de interpretación y falsa aplicación de normas procesales, concluyendo que el Juez de la recurrida valoró adecuadamente las pruebas y no incurrió en los vicios denunciados. Se confirma la decisión de primera instancia que declaró con lugar la demanda de indemnización por enfermedad profesional.

Extracto de la motiva

La Sala observa: Establece el artículo 62 de la Ley Orgánica del Trabajo, que: La acción para reclamar la indemnización por accidentes o enfermedades profesionales prescribe a los dos (2) años, contados a partir de la fecha del accidente o constatación de la enfermedad. En el caso concreto, la recurrida señaló que si bien es cierto tenía conocimiento de la existencia de la enfermedad, la operación realizada al trabajador pudo darle fin al daño, no obstante, es hasta el 26 de abril de 2004, que quedó evidenciada la progresividad de la enfermedad y la persistencia del daño, por lo cual, considera la Sala que el agravamiento de la enfermedad progresiva se constató el 26 de abril de 2004, como lo estableció la recurrida, razón por la cual el Juez no incurrió en error de interpretación de la norma denunciada.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia publicada el 13 de abril de 2007, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Se condena en costas del recurso, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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