Sentencia N° 523 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0523, Exp. 08-137, 22/04/2008
Expediente08-137
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-04-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 22 de abril de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Guido Francisco Valera contra la sentencia del Juzgado Superior Primero Accidental del Trabajo de Nueva Esparta. La decisión de alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra un auto de homologación de una conciliación laboral.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: En el caso concreto, delata el impugnante, que la sentencia recurrida violenta normas de orden publico, es contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala, “e hizo mella al derecho a la tutela judicial efectiva.” En tal sentido aduce: Primeramente, debemos destacar, que es lamentable que en la Sentencia Recurrida no se hayan transcrito correctamente los puntos más importantes expresados y alegados por los representantes judiciales por la parte actora en la Audiencia Oral y Pública. Una cosa es reproducir de manera sucinta y breve la sentencia y otra cosa es hacer una reproducción pobre de lo alegado por la parte accionante, teniendo que leerse varias veces uno u otro párrafo de la sentencia para tratar de entender lo que se quiere decir.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionante, contra la sentencia de fecha 6 de diciembre de 2007, proferida por el Juzgado Superior Primero Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de la legalidadconciliación laboralsentencia inadmisiblederecho a la tutela judicialviolación de normasrecurso de apelaciónJuzgado SuperiorLey Orgánica Procesal del Trabajo