Sentencia N° 519 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de junio de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0519, Exp. 18-036, 26/06/2018
Expediente18-036
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-06-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del estado Aragua. La decisión del juzgado inferior había declarado parcialmente con lugar la apelación de la parte actora y sin lugar la demanda de la ciudadana Patricia Adriana Moscaritolo Grassano, mientras que parcialmente con lugar la demanda de Víctor Alfonso Laya Uribe. La Sala concluyó que la parte demandada no logró desvirtuar la presunción de laboralidad, confirmando así el fallo recurrido y declarando sin lugar el recurso de casación.

Extracto de la motiva

La falta de aplicación de una norma se verifica cuando el sentenciador niega la aplicación de una disposición legal que está vigente, a una determinada relación jurídica que está bajo su alcance. El artículo 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente: El juez orientará su actuación en los principios de uniformidad, brevedad, oralidad, publicidad, gratuidad, celeridad, inmediatez, concentración, prioridad de la realidad de los hechos y equidad. La recurrida resolvió lo siguiente: En lo que se refiere al demandante VICTOR LAYA: En el escrito de contestación (riela al folio 270 pieza 2/6), la demandada indicó: Cito (...) Niego, de manera expresa que la labor profesional del demandante VICTOR ALFONSO LAYA URIBE para con mi representada sea por cuenta ajena y dependiente en vista que la relación sostenida entre las partes estuvo enmarcada en una convención verbal, donde el actor tenía plena libertad para implementar todos sus conocimientos como ingeniero electricista, lo que conforma una relación profesional entre el referido ciudadano y mi representada.(...) Es así como en el ámbito del Derecho del Trabajo, las normas jurídicas son de estricto orden público y por tanto, no pueden ser relajadas en virtud del principio de la autonomía de la voluntad de las partes, pues se desvirtuaría su finalidad protectora. Una de esas normas es la contenida en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, referida a la presunción de laboralidad en toda relación que se da entre quien presta un servicio personal y quien lo reciba, en virtud de la cual, constatada la prestación de un servicio personal, corresponde a la parte que niega el carácter laboral de la misma demostrar que las condiciones de hecho en las que se desarrollaba dicha prestación excluyen la posibilidad de que sea calificada como una relación de trabajo, lo que en el presente asunto no fue demostrado, por cuanto se desprende además de lo ya citado por esta juzgadora, que de la declaración de los testigos que quedaron contestes, los cuales bajo la valoración de la sana crítica, aportaron hechos importantes que determinan, la subordinación, la dependencia, el horario de trabajo sometido a las necesidades del servicio, por cuanto el actor Víctor Laya, supervisaba el cumplimiento de las tareas encomendadas, tal y como quedó demostrado con las deposiciones realizadas.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 27 de noviembre de 2017 por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua; y, SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

casaciónrelación laboralpresunción de laboralidadsentenciaTribunal Supremo de Justicia

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