Sentencia N° 515 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de julio de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0515, Exp. 11-558, 04/07/2013
Expediente11-558
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-07-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud del recurso de casación interpuesto por el ciudadano Victoriano Márquez, decide anular el fallo del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Barinas, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala concluye que la decisión de la instancia inferior incurrió en el vicio de reformatio in peius, al desmejorar la condición del apelante al otorgarle menos de lo que había sido concedido por el tribunal de juicio. Se ordena el pago de los conceptos establecidos en la parte motiva del fallo, los cuales serán determinados mediante experticia complementaria.

Extracto de la motiva

La Sala verifica de acuerdo con lo denunciado por el recurrente, que el Juez Aquo, había condenado a la empresa demandada a cancelar la cantidad de mil doscientos sesenta y siete bolívares con cincuenta céntimos (Bs. 1.267,50), respecto al pago de los conceptos relacionados con la Ley Programa de Alimentación para los Trabajadores correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo del año 2010, y que aún no resultando impugnado el referido concepto por el único apelante (ahora formalizante) ninguna de las partes, el Juez Aquem en la sentencia recurrida, modificó el monto condenado a cancelar por el Tribunal de Juicio, condenando a la empresa a pagar dicho concepto por la cantidad de seiscientos noventa y ocho bolívares con setenta y cinco céntimos (Bs. 698,75), correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo de 2010, desmejorando la condición del único apelante, que era el accionante; incurriendo efectivamente en el vicio de reformatio in peius, al acordarle menos de lo otorgado por el A quo. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 23 de marzo del año 2011, SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido, y TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Victoriano Márquez, en contra de la empresa Acueductos de Alto Barinas 2000, C.A. (ACUALBA 2000, C.A.). Se condena a la empresa al pago de los conceptos establecidos en la parte motiva del presente fallo, cuyos montos serán establecidos mediante la experticia complementaria del fallo ordenada a realizar.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesrecurso de casacióndespido injustificado

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