Sentencia N° 512 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0512, Exp. 08-315, 22/04/2008
Expediente08-315
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-04-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por Luis Arturo Urrutia Rondón, quien impugnó una decisión del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia que declaró sin lugar su apelación. La Sala analizó si la sentencia recurrida violaba normas de orden público laboral o contravenía la jurisprudencia reiterada de la Sala. Tras el análisis, se concluyó que no existían tales violaciones, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
Conforme lo establece el artículo precedente, por razón de que el recurso de control de legalidad es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Asimismo, es oportuno dejar por sentado, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de la Sala.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 22 de noviembre de 2007. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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