Sentencia N° 51 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de marzo de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0051, Exp. 04-1320, 01/03/2005
Expediente04-1320
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2005-03-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de marzo de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandante, Carmen Flores, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Carabobo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala verificó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo que llevó a la inadmisibilidad del mismo.

Extracto de la motiva

La Sala verificará que la sentencia contra la cual se recurre: 1) provenga de un Tribunal Superior; 2) que no sea recurrible en casación; 3) que el escrito de solicitud se haga ante el Tribunal Superior correspondiente, en un escrito que no deberá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos; 4) que dicha sentencia violente o amenace violentar las normas de orden público o que sea contraria a la reiterada jurisprudencia de esta Sala de Casación Social y; 5) que el recurso sea solicitado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo en cuestión. En este sentido, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, debe esta Sala de Casación Social restringir, cumpliendo con la potestad discrecional otorgada por el artículo 178 de la Ley Adjetiva Laboral, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretendan violaciones o amenazas al derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o normas adjetivas que menoscaben el derecho a la defensa y al debido proceso, así como también a la jurisprudencia reiterada de ésta Sala.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de Control de Legalidad propuesto por la parte demandante contra la decisión de fecha 26 de agosto de 2004, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia. Dala la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

control de legalidadprescripciónjurisprudenciaderecho laboralsentenciarecursotribunal superior

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