Sentencia N° 506 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 506, Exp. 25-042, 10/11/2025
Expediente25-042
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-11-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
En esta sentencia, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por DIGITAL PRINTCO, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior Séptimo del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala confirma que el bono de productividad forma parte del salario y que la incomparecencia de la demandada a la audiencia preliminar conlleva la admisión de los hechos alegados por la parte actora, lo que implica que la carga de la prueba recae sobre la parte demandada para demostrar la improcedencia de conceptos exorbitantes.
Extracto de la motiva
motivación previamente expuesta y, en consecuencia, se declara improcedente la presente denuncia. Así se decide. IV La demandada recurrente fundamentó su cuarta denuncia de la manera siguiente: IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 17 de 21 IV. De conformidad con el numeral 3 del Artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, conjuntamente con los artículos 12 y 243, ordinal 5 del Código de Procedimiento Civil, estos últimas aplicables supletoriamente, al no estar contemplado en la LOPTRA el vicio per incongruencia (criterio pacífico respecto a la técnica: sentencia Nro. 090
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, sociedad mercantil DIGITAL PRINTCO, C.A., contra la sentencia dictada el 4 de diciembre de 2025, por el Tribunal Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; Se CONFIRMA la sentencia recurrida.
Palabras clave
casaciónbono de productividadsalarioincomparecenciaadmisión de hechos