Sentencia N° 505 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de abril de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0505, Exp. 08-2007, 14/04/2009
Expediente08-2007
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-04-14
DecisiónADMISIBLE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia admite el recurso de control de la legalidad interpuesto por Elizabeth Dávila Montilla contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró sin lugar la demanda. La Sala considera que el recurso contiene motivos racionales para ser interpuesto, dado que se alega que la instancia aplicó erróneamente los artículos de la Ley Orgánica del Trabajo, afectando los derechos de la actora. Se establece que el recurso es procedente y se ordena seguir el procedimiento correspondiente.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o resulten contrarias a la reiterada doctrina de esta Sala; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste.

Dispositiva

En mérito a las precedentes conclusiones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 3 de noviembre de 2008, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendario consecutivos, para que la otra parte consigne su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará el día y la hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

control de legalidadrecursostrabajojurisprudenciaorden público

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