Sentencia N° 503 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de julio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0503, Exp. 14-596, 17/07/2015
Expediente14-596
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-07-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de julio de 2015, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Aldo Andrés Clemente Kozak contra el fallo del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Lara, que había declarado parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que el sentenciador no incurrió en vicio de incongruencia negativa al no pronunciarse sobre la unidad económica entre las empresas demandadas, ya que este hecho no era controvertido en el proceso.

Extracto de la motiva

La congruencia, tal como lo señala el Código de Procedimiento Civil, se refiere a una decisión acorde con los alegatos que presenten las partes en el proceso. Así, el Juez tiene el deber de pronunciarse sólo sobre lo alegado y sobre todo lo probado. En este sentido, es sabido que el vicio de incongruencia puede ser positivo o negativo, produciéndose la incongruencia positiva cuando el sentenciador se sitúe fuera de los términos en que quedó establecida la litis, supliendo alegatos o excepciones que no han sido argüidos por las partes; y la incongruencia negativa se patentiza en el caso que el sentenciador no tome en consideración argumentos fácticos o de derecho que sustenten la demanda del actor o las excepciones o defensas del accionado. De modo que, una sentencia es congruente cuando guarda relación con los pedimentos del libelo de demanda y los términos en que el demandado dio su contestación.

Dispositiva

Declara SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, en fecha 27 de marzo del año 2014; SE CONFIRMA el fallo recurrido que declaró parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano Aldo Andrés Clemente Kozak contra la sociedad mercantil Estación de Servicios Mergas, C.A.

Palabras clave

incongruenciaunidad económicaresponsabilidad solidariacongruenciaLey Orgánica del TrabajoCódigo de Procedimiento Civilsentenciapruebas

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