Sentencia N° 501 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de agosto de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0501, Exp. 14-660, 17/07/2015
Expediente14-660
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-08-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Ramón Eudoro Ferrer Moros, quien reclamaba indemnizaciones por un accidente de trabajo. La Sala confirmó la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación de ambas partes, argumentando que el recurrente no cumplió con los requisitos de técnica casacional al formalizar su denuncia. La Sala desestimó las alegaciones del demandante y de la codemandada, considerando que no se configuraron los vicios denunciados.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: El formalizante alega que, el juez de alzada infringió por falta de aplicación los artículos 71 y 82 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT); 1, 2, 5, 6, 11, 41, 56, 57 y 121 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 1.185 del Código Civil, por lo que solicita se anule la decisión recurrida. De la lectura de la denuncia planteada, se evidencia la falta de técnica casacional en la que incurre el formalizante, toda vez que no explica con claridad de qué manera la falta de aplicación de los artículos delatados supuestamente infringidos por la alzada influyen en el dispositivo del fallo. En este sentido, ha dicho la Sala en innumerables sentencias, que la técnica de casación resulta absolutamente necesaria a fin de garantizar la naturaleza de este medio de impugnación. Por lo tanto, aun cuando esta Sala se encuentra apegada a los principios contenidos en nuestra Carta Magna, en sus artículos 26 y 257, y procura no sacrificar la justicia por la omisión de formalidades no esenciales, considera que en el presente planteamiento el formalizante ha quebrantado formas básicas que impiden el conocimiento de la presente denuncia, debiendo, por ende, desecharse la misma. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Ramón Eudoro Ferrer Moros; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte codemandada sociedad mercantil Megan Transportes, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en decisión de fecha 27 de marzo de 2014; SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida.