Sentencia N° 500 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0500, Exp. 07-124, 18/04/2008
Expediente07-124
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-04-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción entre YAJAIRA WILCHEZ CÁRDENAS y la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, donde la demandada pagó una cantidad acordada y otorgó beneficios de jubilación a la demandante. La decisión se basa en la verificación de los términos del acuerdo y el cumplimiento de los requisitos legales para su homologación.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que la demandante actuó con la asistencia debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que tanto en la mesa de conciliación y proceso realizado en este sentido, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana YAJAIRA WILCHEZ CÁRDENAS y la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada.