Sentencia N° 496 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de mayo de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0496, Exp. 10-409, 21/05/2010
Expediente10-409
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-05-21
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 21 de mayo de 2010, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Rafael Martínez contra el fallo del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo. La decisión se fundamenta en la falta de técnica en la formalización del recurso, ya que el recurrente no cumplió con los requisitos establecidos por la ley para la presentación de su escrito, lo que llevó a que las denuncias fueran consideradas genéricas y confusas.
La Sala enfatiza que es responsabilidad del recurrente presentar sus argumentos de manera clara y precisa, especificando los vicios de la sentencia impugnada y los artículos que se consideran infringidos. En este caso, el formalizante no logró demostrar la falta de coincidencia entre la norma y la sentencia, lo que resultó en la declaración de perecimiento del recurso.
Finalmente, la Sala decidió no condenar en costas al recurrente, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y ordenó la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos correspondiente.
Extracto de la motiva
La parte recurrente no cumplió con los requisitos básicos para la presentación del escrito de formalización de este especialísimo recurso, por lo que en atención a los razonamientos que anteceden se declara perecido por falta de técnica el recurso de casación bajo análisis, con fundamento en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, tal y como quedará expresamente establecido en el dispositivo del fallo. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, ciudadano Rafael Martínez, contra el fallo dictado el 20 de enero de 2010, por el Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No se condena en costas al recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.