Sentencia N° 494 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de julio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0494, Exp. 14-1653, 16/07/2015
Expediente14-1653
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-07-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 692, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por YULIMAR TERESA SUCRE SALAZAR contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. La decisión se basa en que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no se evidencia violación de normas de orden público.

Extracto de la motiva

Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos formales exigidos, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y a tal efecto observa: La representación judicial de la parte recurrente fundamentó el medio de impugnación ejercido bajo los argumentos siguientes: En primer lugar delata que el Juez Superior en su sentencia violenta la norma de orden constitucional prevista en el artículo 89 numerales 1, 2 y 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de igual forma la recurrida viola principios de derecho laboral como el de la irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores y el de la primacía de la realidad de los hechos sobre las formas o apariencias, en concordancia con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que consagran el principio general de que el Juez debe tener como norte de sus actos la verdad y debe inquirirla por todos los medios a su alcance, garantizando la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, en fecha 22 de octubre de 2014. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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