Sentencia N° 489 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de agosto de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 489, Exp. 02-069, 13/08/2002
Expediente02-069
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-08-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decide sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La decisión del Juzgado había declarado con lugar la demanda de la actora, quien reclamaba prestaciones sociales. La Sala, tras analizar las pruebas y los argumentos presentados, concluye que la relación entre las partes no era laboral, sino de intermediación, desestimando así la pretensión de la actora y declarando con lugar el recurso de casación.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la relación entre la actora y la demandada se fundamenta en un contrato de intermediación y administración de pólizas de seguros, lo que implica que la actora actuaba de manera autónoma y no bajo subordinación. Se argumenta que la naturaleza del servicio prestado por la actora no se encuadra dentro de la relación laboral, dado que la actora asumía riesgos y responsabilidades propias de su actividad como corredora de seguros. La Sala también destaca que la presunción de laboralidad puede ser desvirtuada si se demuestra que la relación se basa en un contrato mercantil, lo que se evidencia en este caso.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de noviembre de 2001; y 2) CASA SIN REENVÍO la decisión recurrida, en consecuencia, declara SIN LUGAR la pretensión de la parte actora. No hay expresa condenatoria en costas del proceso dada la naturaleza del presente fallo.
Palabras clave
prestaciones socialesrecurso de casaciónrelación laboralintermediacióncontrato de trabajosubordinaciónprueba documental