Sentencia N° 485 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de marzo de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0485, Exp. 05-1017, 10/03/2006
Expediente05-1017
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-03-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por Yolivey Flores Muñoz contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Mérida. La parte recurrente alegó que la sentencia impugnada infringió normas de orden público y el debido proceso, argumentando que no se aplicaron correctamente las disposiciones legales pertinentes. Sin embargo, tras analizar los argumentos presentados y la sentencia impugnada, la Sala concluyó que no se evidenció violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial establecida. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso, señalando que no se ajustaba a los fines del mismo. Finalmente, la decisión fue publicada y se ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen, sin condena en costas debido a la naturaleza de la decisión.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos sub iudice, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: En el caso concreto, señala la recurrente que la sentencia impugnada infringió normas de orden público al no aplicar lo preceptuado en el artículo 116 de la Ley Orgánica del Trabajo, violando con tal conducta la pauta que ordena al juez laboral en el procedimiento de estabilidad laboral, la búsqueda de la verdad y que otorga al juez las más amplias facultades para requerir de las partes la subsanación de cualquier error en que hayan incurrido. Argumenta la solicitante, que la sentencia infringe el debido proceso y los principios contenidos en el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en tal sentido, al plantearse dudas razonables en la aplicación de una norma, deberá aplicarse la que más favorezca al trabajador. Ahora bien, del análisis del hilo argumental expuesto por el recurrente, así como de la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, se colige que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas regidas por el orden público, ni de la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de legalidad no se ajusta a los fines del recurso, debe necesariamente declararse su inadmisibilidad. Así se resuelve.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 05 de mayo de 2005, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de la legalidaddespidoinadmisionderecho laboralsentenciarecursoorden públicodebido proceso

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