Sentencia N° 483 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0483, Exp. 06-2255, 17/04/2008
Expediente06-2255
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-04-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción entre JOSÉ RAMÓN VÁSQUEZ y la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, donde la demandada pagó la cantidad de CINCO MIL bolívares. La transacción se realizó en el marco de un proceso de conciliación promovido por la Sala, cumpliendo con los requisitos legales establecidos. La decisión concluye el litigio judicial de manera definitiva, otorgando efectos de cosa juzgada al acuerdo transaccional.
Extracto de la motiva
En este orden de ideas, corresponde a la Sala verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, presentado en el marco del procedimiento de conciliación, el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3 de nuestra Ley Orgánica del Trabajo y artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley, con el objeto de otorgarle la eficacia correspondiente. Examinados los términos de la transacción, se evidencia que la demandante actuó con la asistencia debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que tanto en la mesa de conciliación y proceso realizado en este sentido, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano JOSÉ RAMÓN VÁSQUEZ y la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada.
Palabras clave
conciliacióntransaccióncosa juzgadacobro de diferenciaderechos laboralesasistencia legal