Sentencia N° 478 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0478, Exp. 07-1358, 17/04/2008
Expediente07-1358
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-04-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala analizó los vicios denunciados por la parte recurrente, concluyendo que no se demostró la culpa de la víctima en el accidente laboral y que la decisión del juez superior se ajustó a derecho al condenar el daño moral. Se confirmó el fallo recurrido y se condenó en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que en reiteradas decisiones ha establecido el criterio según el cual, los vicios de contradicción e ilogicidad en los motivos previstos en el ordinal 3º del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, existen cuando las razones del fallo se destruyen entre sí generando una situación equiparable a una falta absoluta de fundamentos, en el primer caso y cuando los motivos son tan vagos, generales, inocuos o absurdos que se desconoce el criterio jurídico que siguió el juez para dictar su decisión, en el último de los supuestos. De la revisión efectuada a la sentencia recurrida, se aprecia que en conformidad con el efecto devolutivo del recurso de apelación, el Juez Superior se ciño rigurosamente al fuero de conocimiento que le fue atribuido en razón del recurso ordinario ejercido por la empresa accionada, entre otras, la defensa contenida en el escrito de contestación de la demanda, referida específicamente a la culpa de la víctima en la ocurrencia del accidente y de la cual no efectuó pronunciamiento alguno el tribunal A-quo. Así pues, en atención al principio 'tantum apellatum quantum devolutum' y luego de efectuarse el análisis y valoración de las pruebas cursantes a los autos, la recurrida establece que no quedó demostrada la culpa del trabajador en el infortunio laboral, por lo cual, procede a condenar el daño moral en aplicación de la teoría del riesgo profesional.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 21 de mayo de 2007, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en consecuencia, se confirma el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
daño moralaccidente de trabajoculpa de la víctimaresponsabilidad objetivarecurso de casaciónLey Orgánica Procesal del Trabajo