Sentencia N° 474 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 474, Exp. 02-208, 09/08/2002
Expediente02-208
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-08-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por los ciudadanos Desiderio Antonio Lugo Hernández y Evelio Guzmán Ramírez contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo, que había declarado sin lugar la demanda por cobro de conceptos derivados de prestaciones sociales. La Sala desestimó el recurso, argumentando que la sentencia recurrida cumplió con los requisitos de congruencia y exhaustividad, al considerar que no se había demostrado la interrupción de la prescripción de la acción. Además, se abordaron denuncias por infracción de ley, las cuales también fueron desechadas por falta de fundamento.
Extracto de la motiva
La Sala observa: Denuncia el recurrente que la sentencia impugnada incurre en el vicio de incongruencia, porque no se pronunció sobre el alegato formulado en la demanda, al considerar que se había interrumpido la prescripción mediante las reiteradas reclamaciones dirigidas al ente demandado por intermedio del Consejo Directivo de la Asociación de Obreros Jubilados de la Alcaldía de Caracas del Municipio Libertador. Ahora bien, el ordinal 5° del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, dispone que toda sentencia debe contener: “Decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia.” De acuerdo con la doctrina pacífica y reiterada de este alto Tribunal, toda sentencia debe cumplir con el principio de exhaustividad que le impone al juez el deber de resolver sólo sobre lo alegado, pues al resolver lo no pedido, incurre en el vicio de incongruencia positiva. Asimismo, el juez debe resolver sobre todo lo alegado en el libelo y la contestación y excepcionalmente en otra oportunidad procesal como los informes, a riesgo que si no resuelve lo pedido, incurrirá en el vicio de incongruencia negativa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 6 de marzo de 2002. Se condena al recurrente en las costas, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
cobro de prestacionesprescripciónrecurso de casaciónincongruenciaderecho laboralsentencia laboraljubilaciónreclamaciones