Sentencia N° 470 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de marzo de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0470, Exp. 05-533, 10/03/2006
Expediente05-533
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-03-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Ricardo José Adams Wilkie contra la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Estado Carabobo. La decisión de alzada había revocado una sentencia anterior que calificaba un despido como injustificado.
Extracto de la motiva
En el caso concreto, arguye el solicitante: “El día 08-03-01, mi representado fue despedido injustificadamente, solicitando el presente procedimiento el día 09-03-01. La relación laboral que unió a mi representado con su patrono, fue a través de la figura de un Registro Mercantil de nombre “Representaciones R.A.W., (firma personal) quien ejecutaba directamente la prestación del servicio, recibiendo un pago, cumpliendo un horario de trabajo, tal como quedó demostrado con los testigos presentados, en el juicio de Primera Instancia. La relación laboral que existió en la presente causa, el patrono simuló una relación mercantil, a los fines de evitar cancelar los beneficios laborales.” Asimismo señala: “El día 13-08-2002, el Juzgado de los Municipio Guacara, declara con lugar, la Calificación de Despido, ordenando a la empresa el Reenganche(sic) del trabajador”. En este orden de ideas, indica el impugnante que “La decisión proveniente de este Juzgado, de fecha 05-10-2004, que corre en el folio 201 al 209. (sic) expediente Nº 19086, dictada por la Juez Carmen Salvatierra, en razón de lo ocurrido violenta el Principio Constitucional establecido en el artículo 93 de nuestra novesima (sic) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…” así como las reglas de orden público contenidas en los artículos 65, 66, 105, 112, 116, 117, 133, 146, 125y 174 de la Ley Orgánica del Trabajo, y la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala de Casación Civil (sic), asentada en sentencias de fecha 09 de marzo de 2000 y 16 de marzo de 2000.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 05 de octubre de 2004, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. No hay expresa condenatoria en costas del recurso dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
despidocontrol de la legalidadinadmisionrelacion laboralrecursojurisprudenciaorden publico