Sentencia N° 466 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de mayo de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0466, Exp. 09-1551, 19/05/2010
Expediente09-1551
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-05-19
DecisiónInadmisible

Resumen

En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala analiza si se han violado normas de orden público y concluye que no se incurrió en violaciones que transgredan el Estado de Derecho, ya que el Juez de alzada actuó conforme a las pruebas documentales presentadas en el caso. El recurrente alegó que el fallo recurrido violó el artículo 49 de la Constitución y el artículo 187 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al condenar a la demandada al pago de indemnizaciones. Sin embargo, la Sala determina que la naturaleza del despido fue analizada adecuadamente y que no se presentaron violaciones categóricas que justifiquen la admisibilidad del recurso. Finalmente, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad, sin condenatoria en costas, y se ordena la remisión del expediente al Juzgado de origen.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho, o de aquellas decisiones que contravengan la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, pues, ésta se contrae fundamentalmente entre otras, a preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia publicada el 16 de noviembre de 2009, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

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