Sentencia N° 462 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de julio de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0462, Exp. 15-061, 08/07/2015
Expediente15-061
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-07-08
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, Trina Vallera León, contra la sentencia del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo. La decisión se basa en que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho y no incurre en las violaciones que se le imputan. Se argumenta que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social en decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, caso: Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes, S.R.L., expresó que atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le corresponde restringir la admisibilidad de dicho medio de impugnación, limitándola a situaciones en las cuales la violación o amenaza sea de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión, por tratarse de quebrantamientos categóricos del orden legal establecido. Verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y a tal efecto observa: En el caso sub iudice, la representación judicial de la parte actora denunció la violación del artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como el desconocimiento del orden constitucional establecido a favor de las prestaciones sociales dispuesta en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debido a que al juez ad quem al no acordar un nuevo cálculo de intereses de mora e indexación sobre lo condenado, desconoce el carácter de orden público de los referidos conceptos, ya que los intereses de mora, tienen su esencia en el retardo en el pago y la indexación corresponde en dar exactamente lo sentenciado, sin disminución por efecto de la inflación y la exagerada mora del obligado.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 4 de diciembre de 2014, emanada del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada.
Palabras clave
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