Sentencia N° 456 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de julio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0456, Exp. 14-431, 07/07/2015
Expediente14-431
PonenteDanilo A. Mojica Monsalvo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-07-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulando el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala determina que la sentencia recurrida incurrió en el vicio de falta de aplicación de norma jurídica, específicamente en relación a la valoración de pruebas documentales que no fueron ratificadas en juicio. Asimismo, se establece que la parte demandante, Carlos De Sousa, tiene derecho a recibir el pago de horas extraordinarias y otros conceptos laborales, los cuales serán cuantificados mediante experticia complementaria del fallo.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social considera importante señalar que la parte recurrente no fundamentó la presente denuncia en el numeral 2 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sino que lo hace en base en el ordinal 1° del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil y el ordinal 2° del artículo 317 eiusdem; no obstante, de seguidas pasa esta Sala a pronunciarse sobre el alegado vicio de motivación errónea en los siguientes términos: Alega la parte recurrente, que la sentenciadora de alzada incurrió en el vicio de falsedad en la motivación y de igual forma el vicio de motivación errónea; sin embargo, de la transcripción de la denuncia evidencia la Sala, que se pretende delatar el error de juzgamiento en que incurrió la sentenciadora, al otorgar valor probatorio para establecer la jornada laboral y las horas extraordinarias trabajadas por el actor, a unas documentales emanadas de un tercero las cuales no fueron ratificadas en juicio. En este orden de ideas, de seguidas pasa la Sala a transcribir lo sostenido por la juzgadora de la recurrida al respecto: (…)

Dispositiva

PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 17 de febrero del año 2014, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia, SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido y, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Carlos De Sousa, contra las sociedades mercantiles Transporte y Servicios Oriente Sur, C.A., y Crucero Oriente Sur, C.A.

Palabras clave

casaciónlaboralhoras extraordinariasprestaciones sociales

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