Sentencia N° 450 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0450, Exp. 07-737, 15/04/2008
Expediente07-737
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-04-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social aclara la sentencia N° 255, dictada el 11 de marzo de 2008, en la que se declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada. La aclaratoria se centra en el cálculo del pago por concepto de antigüedad, estableciendo que la actora tiene derecho a 390 días de antigüedad en lugar de los 180 días inicialmente indicados. Además, se pronuncia sobre los intereses de mora, condenando su pago desde la fecha de la sentencia hasta que esta quede firme.
Extracto de la motiva
Ciertamente como lo aduce la parte que solicita la aclaratoria, en la sentencia Nº 255 proferida por esta Sala de Casación Social, el día 11 de marzo del año 2008, quedó establecido que hubo una relación laboral entre las partes en el presente juicio, durante el lapso del 15 de octubre de 1996 al 07 de marzo del año 2003 y se ordenó el pago de 180 días por concepto de antigüedad, mas 10 días por prestación de antigüedad adicional. Sin embargo, tomando en consideración la entrada en vigencia de la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, debe concluirse que a partir de ésta -19-06-1997-, la prestación personal del servicios se extendió por un lapso de 5 años, 8 meses y 18 días, en virtud de lo cual debe declararse que, en dicha decisión se incurrió en un error de cálculo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, deja ACLARADA Y AMPLIADA la sentencia N° 255, publicada en fecha 11 de marzo del año 2008 por esta Sala en los términos precedentes.
Palabras clave
aclaratoriaantigüedadintereses de morarelación laboralLey Orgánica del Trabajocasaciónprestaciones sociales