Sentencia N° 433 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de junio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0433, Exp. 14-314, 29/06/2015
Expediente14-314
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-06-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 29 de junio de 2015, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Jesús Analio Molina Molina contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales. La Sala confirmó la decisión del Juzgado de Alzada, argumentando que no se comprobó la prestación de servicios en horario extraordinario y que las propinas no fueron debidamente probadas por el demandante. Además, se destacó que el Juez de Alzada actuó conforme a la valoración de las pruebas y la normativa laboral aplicable.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: En materia laboral, la valoración y apreciación de las pruebas corresponde hacerla al Juez de conformidad con las reglas de la sana crítica, debiendo analizar y juzgar todas las pruebas que hayan sido promovidas y evacuadas en la oportunidad legal prevista para ello, aun aquellas que, a su juicio, no aporten ningún elemento de convicción sobre los hechos controvertidos en el proceso, de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 509 del Código de Procedimiento Civil. En el caso concreto la Sala infiere de los argumentos expuestos en la denuncia, que lo que realmente acusa el formalizante, es su inconformidad con la valoración de las pruebas realizada por el Juez de Alzada y la conclusión a la cual arribó, actividad que atañe a los Jueces de instancia según su libre y soberana apreciación; al señalar que con fundamento a las testimoniales y al horario de trabajo exhibido por la accionada, la recurrida estableció que el demandante cumplía un horario normal, cuando lo cierto según lo pretendido por el denunciante es que de esas pruebas se evidencia que la empresa tiene varios turnos de trabajo, que el actor iniciaba sus labores a las 7:00 a.m. y almorzaba en las instalaciones de la accionada, sin poder salir, pues no contaba con comedor y por ello entregaba cesta tickets a sus trabajadores. Destaca esta Sala de Casación Social, que en torno a la libre y soberana apreciación de los Jueces, en forma constante se ha sostenido: En tal sentido la Sala de Casación Social en sentencia N° 903 de fecha 3 de agosto de 2010, Caso: Ana Julia De La Hoz Rojas contra Inversiones Ktako 17, C.A., expresó lo siguiente: (…) Es así como, insta esta Sala, que la misma se trata de un tribunal de derecho en el que excepcionalmente puede descender al mérito de la causa que se discute, por tal razón, se ha dicho en reiteradas oportunidades, que es de la soberana apreciación de los Jueces de Instancia el determinar, de conformidad con la ley, doctrina y lo alegado y probado en autos, la naturaleza real de la relación que se discute así como la procedencia o no de las reclamaciones ejercidas por quien acciona. Por lo tanto, debe insistirse en que esta Sala de Casación Social, no actúa como una tercera instancia nacional, razón por la cual no puede descender a las actas del expediente, a fin de resolver asuntos que corresponden a la soberana apreciación del Juez de Instancia.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el demandante contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 10 de diciembre de 2013. SEGUNDO: se CONFIRMA el fallo recurrido mediante el cual se declaró parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano Jesús Analio Molina Molina contra la sociedad mercantil KD Delicatesses Valle Arriba, C.A.

Palabras clave

horario laboralpruebas testimonialessana críticajuez de alzadavaloración de pruebashoras extrasrelación laboral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca