Sentencia N° 425 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de julio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0425, Exp. 14-116, 29/06/2015
Expediente14-116
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-07-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la ciudadana María Teresa Castiglioni Asaro contra el fallo del Juzgado Superior Octavo del Trabajo, que había declarado sin lugar la apelación de la parte actora y parcialmente con lugar la de la parte demandada. La Sala confirmó el fallo recurrido, argumentando que la parte actora no cumplió con los requisitos procesales para la adhesión a la apelación, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso de casación. En consecuencia, se declaró sin lugar el recurso y se confirmó la decisión del juzgado inferior.

Extracto de la motiva

La inmotivación por silencio de pruebas ocurre cuando el Juez omite cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes, que consta en las actas del expediente y cuando, a pesar de haberse mencionado su promoción y evacuación, el Juez se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere a la misma o las razones para desestimarla. Al respecto, esta Sala entendiendo que las pruebas mencionadas en la denuncia como no impugnadas, son las que pretende señalar la formalizante como silenciadas, se aprecia que las mismas se corresponden con las que se verificaron en la delación anterior, en la cual se declaró que la sentenciadora de la recurrida, no incurrió en el silencio de pruebas, ya que las analizó y expuso tanto el valor otorgado, como lo que estableció de su análisis, y en el caso contrario, al ser desechadas expresó las razones que tenía para ello; por cuanto, siendo que la referida juzgadora no se abstuvo de analizar el contenido de las mismas, ni omitió expresar el valor que les confirió o las razones por las cuales las desestimó, indefectiblemente, resulta imperioso concluir que la sentencia contra la cual recurre en casación la parte actora, no incurrió en el vicio delatado. Así se declara.

Dispositiva

Declara SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de noviembre del año 2013; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido que declaró parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana María Teresa Castiglioni Asaro, contra la sociedad mercantil Festejos Plaza, C.A.

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