Sentencia N° 424 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de mayo de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0424, Exp. 09-239, 06/05/2010
Expediente09-239
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-05-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil CADAFE, anulando el fallo del Tribunal Séptimo Superior del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la demandante. La Sala determina que la demandante, Raquel Da Silva de Santiago, fue despedida injustificadamente y que el cálculo de sus prestaciones sociales debe incluir ciertos beneficios económicos que no fueron considerados por la empresa. Se ordena el pago de las cantidades adeudadas a la trabajadora, así como los intereses correspondientes.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el ad quem, pese haber establecido el carácter no salarial del beneficio de subsidio al consumo de electricidad -cláusula 30-, y que los conceptos de auxilio de vivienda -cláusula 31- y prima por razones de servicio al personal ejecutivo formaron parte del aumento salarial del 25% -según Resolución Nº 0346 de fecha 21 de febrero de 1997-, ordenó el pago de las diferencias reclamadas, entre otros, conceptos por indemnización de antigüedad, compensación por transferencia (corte de cuentas), prestación de antigüedad (nuevo régimen), lo cual tiñe el fallo del vicio que le imputa la formalización, por lo que se declara con lugar la denuncia.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la sociedad mercantil Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE); 2) ANULA el fallo proferido por el Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 2 de diciembre de 2008; y 3) PARCIALMENTE con lugar la demanda.
Palabras clave
prestaciones laboralesdespido injustificadocasación social