Sentencia N° 421 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de junio de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 421, Exp. 03-100, 26/06/2003
Expediente03-100
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-06-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su fallo del 26 de junio de 2003, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (C.A.N.T.V.) contra la sentencia dictada el 7 de enero de 2003 por el Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo del Estado Lara, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de cobro de diferencias de prestaciones sociales presentada por Orlando José Ereu García. La Sala encontró que el fallo recurrido incurrió en vicios de incongruencia negativa al no pronunciarse sobre varias defensas alegadas por la parte demandada, lo que llevó a declarar nulo el fallo y a reponer la causa al estado de que el juzgado superior competente dicte nueva sentencia subsanando el vicio referido.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social, al analizar el recurso de casación, observó que el fallo recurrido no se pronunció sobre una gran cantidad de defensas y excepciones alegadas por la empresa demandada, lo que constituye un vicio de incongruencia negativa. En este sentido, se destacó que el juez de alzada no resolvió adecuadamente las alegaciones de la parte demandada, lo que impide el control de la legalidad del pronunciamiento emitido. Por lo tanto, se concluyó que el recurso de casación debía ser declarado con lugar, ya que el fallo impugnado no cumplió con el deber judicial de dar respuesta a las peticiones y alegaciones fundamentales de las partes, lo que llevó a la nulidad del mismo.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (C.A.N.T.V.) contra la sentencia dictada el 07 de enero del año 2003 por el Juzgado Superior de Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y en consecuencia se declara nulo el fallo recurrido. Por consiguiente, se repone la causa al estado de que el juzgado superior que resulte competente dicte nueva sentencia subsanando el vicio referido.
Palabras clave
cobro de diferenciasprestaciones socialesincongruencia negativarecurso de casaciónsentencia nuladerechos laboralesCANTVOrlando Ereu