Sentencia N° 416 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de junio de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0416, Exp. 10-1551, 12/06/2013
Expediente10-1551
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-06-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de junio de 2013, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de Miguel Enrique Izquierdo Madrid. La controversia se centró en la inclusión de ciertos conceptos como parte del salario, específicamente el uso de un vehículo y el canon de arrendamiento de una vivienda, los cuales la Sala determinó que no tienen carácter salarial, ya que son considerados como beneficios para facilitar el cumplimiento de las labores del trabajador.
Extracto de la motiva
La congruencia, tal como lo señala el Código de Procedimiento Civil, se refiere a una decisión acorde con los alegatos que presenten las partes en el proceso. Así, el Juez tiene el deber de pronunciarse sólo sobre lo alegado y sobre todo lo probado. En el caso concreto, al quedar establecido que la vivienda era pagada por traslado del trabajador para realizar su trabajo, considera la Sala que de conformidad con el criterio señalado, esta ayuda no era por el trabajo realizado sino para realizar el mismo, razón por la cual adolece de carácter salarial. En relación con el carácter salarial de la asignación del vehículo y del canon de arrendamiento pagado por la demandada, ya quedó establecido por la Sala que no tiene carácter salarial.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de octubre de 2010; y, en consecuencia, se anula el fallo recurrido. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Miguel Enrique Izquierdo Madrid contra la sociedad mercantil PRIDE INTERNACIONAL, C.A., ahora SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIONAL, C.A.