Sentencia N° 413 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de abril de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0413, Exp. 11-120, 07/04/2011
Expediente11-120
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2011-04-07
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por el demandante, JOSÉ GREGORIO VIÑA CASTRO, contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial Laboral de Carabobo. La Sala consideró que la decisión recurrida no vulnera normas de orden público, ya que el juzgado inferior había declarado sin lugar la solicitud de calificación de despido, fundamentando su decisión en la falta grave del trabajador.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad, como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no fueren recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancia que configura alguno de los requisitos de admisibilidad del mismo. Aunado a lo anterior, la admisibilidad del recurso in commento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto a través de escrito cuya extensión no debe ser mayor de tres (03) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida disposición establece un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. Adicionalmente, es oportuno dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente a aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 17 de diciembre de 2010. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de legalidaddespidojurisdicción laboralsentenciapotestad revisora

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