Sentencia N° 410 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de marzo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0410, Exp. 06-2226, 14/03/2007
Expediente06-2226
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-03-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, Elizabeth Markarian Chami, contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La sentencia recurrida había declarado sin lugar el recurso de apelación por calificación de despido. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y concluyó que la sentencia impugnada se ajustaba a derecho, no vulnerando normas de orden público laboral ni la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En primer lugar, alega la parte actora recurrente que la recurrida infringió el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece los requisitos que debe contener toda sentencia dictada en sede laboral, por cuanto a su decir, el sentenciador de la recurrida no establece la norma o normas que le sirvieron de apoyo para dictar el dispositivo del fallo que impugna. Por otra parte, denuncia que el sentenciador de la recurrida infringió los artículos 117 al 128 de la Ley Orgánica del Trabajo; 12, 13, 14, 15, 252, 272, 289, 291, 295 y 429 del Código de Procedimiento Civil, al omitirlos, normas éstas de orden público, soslayando de esa forma el debido proceso y el derecho a la defensa.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 26 de septiembre del año 2006, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Publíquese y regístrese.
Palabras clave
control de la legalidaddespidorecursoadmisibilidadsentenciatrabajoderecho a la defensaorden público