Sentencia N° 404 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de marzo de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0404, Exp. 07-2378, 26/03/2009
Expediente07-2378
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-03-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el demandante, anulando el fallo del Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial Laboral de Zulia. Se establece que la carga probatoria sobre las horas extraordinarias reclamadas recae en el demandado, quien no demostró el pago de las horas aceptadas como laboradas. La Sala también confirma la procedencia de 1.662,24 horas extras, ordenando el pago correspondiente al demandante, así como la indexación de las cantidades adeudadas desde la notificación de la demanda hasta que la sentencia sea firme.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el sentenciador de Alzada, una vez distribuida la carga probatoria, determinó que le correspondía al actor demostrar que efectivamente había generado el derecho al pago de las horas extras reclamadas, pues, debido a la forma como fue contestada la demanda, tal circunstancia se había constituido en un hecho negativo absoluto, con excepción de 1.662,24 horas extras que la parte demandada admitió que habían sido laboradas por el trabajador, y sobre las cuales le correspondía demostrar y no lo hizo, el hecho extintivo de la obligación. De manera pues, que las razones del fallo no se destruyen entre sí, por tanto no resulta contradictorio como así lo pretende hacer ver el formalizante, razón por la que resulta improcedente la denuncia analizada.
Dispositiva
Se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 18 de septiembre de 2007; se anula el fallo recurrido, y se declara parcialmente con lugar la demanda.