Sentencia N° 403 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de noviembre de 2019
TSJ/SCS, Sent. N° 0403, Exp. 19-026, 11/11/2019
Expediente19-026
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2019-11-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el abogado Carmine Romaniello contra la decisión del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La sentencia recurrida había homologado un convenimiento de pago de honorarios profesionales, y el recurrente alegó que no se consideró la indexación de la deuda debido a la inflación, argumentando que el monto recibido no satisfacía sus expectativas económicas. Sin embargo, la Sala determinó que no se probó la mora del deudor, lo que llevó a la improcedencia de la solicitud de indexación.
Extracto de la motiva
motiva que “solamente procede la indexación, cuando el deudor, se encuentra en mora” aun cuando lo cierto a decir del impugnante, la intimada “ciudadana Karla Marcano de Alfonzo, a partir de la fecha primigenia, de la admisión del procedimiento de estimación e intimación de honorarios profesionales, se encontraba en mora, y por dicha razón, fue interpuesta, la demanda en su contra”. Igualmente arguye que la recurrida causó un gravamen irreparable al afirmar que “la cantidad recibida, constituía la satisfacción de lo demandado, circunstancia incierta, por cuanto tal cantidad fue recibida solo parcialmente”. En relación a la infracción del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no se conoce de la misma, ya que se ha establecido en reiteradas decisiones que no le es posible a esta Sala revisar violaciones de normas de rango constitucional, por cuanto ello es competencia de la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo ordenado en el artículo 266 ordinal
Dispositiva
Se declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por el demandante ciudadano CARMINE ROMANIELLO, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, 27 de noviembre de 2018, y SEGUNDO: se CONFIRMA el fallo recurrido.