Sentencia N° 403 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de mayo de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0403, Exp. 08-2086, 04/05/2010
Expediente08-2086
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-05-04
DecisiónCON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia emanada del Tribunal Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 24 de septiembre del año 2008; ANULA el fallo recurrido, y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 4 de mayo de 2010, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulando el fallo del Tribunal Superior Octavo del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de la ciudadana Morella Quintero Márquez. La Sala determinó que el fallo recurrido incurrió en un vicio de ultra petita al conceder más de lo solicitado por la actora, lo que llevó a la anulación del mismo y a la decisión de dictar sentencia sobre el fondo de la controversia. La sentencia también abordó la exclusión de la actora del ámbito de aplicación del Contrato Colectivo de Trabajo, dado su cargo de dirección.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la recurrente denuncia la infracción del artículo 160 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, argumentando que el Juez de Alzada ordenó el pago de utilidades correspondientes a períodos fiscales no reclamados por la parte actora, lo que constituye un vicio de ultra petita. La Sala, tras analizar el caso, concluye que efectivamente el fallo recurrido está inficionado de dicho vicio, ya que concedió más de lo pedido por la parte actora. Por lo tanto, se declara procedente la denuncia y se anula el fallo recurrido, pasando la Sala a dictar sentencia sobre el fondo de la controversia, considerando que la actora fue despedida injustificadamente y que su relación laboral estuvo sujeta a un régimen de confianza que excluye la aplicación del Contrato Colectivo de Trabajo.
Dispositiva
1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia emanada del Tribunal Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 24 de septiembre del año 2008; 2) ANULA el fallo recurrido, y 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.