Sentencia N° 391 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de abril de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0391, Exp. 14-1693, 26/04/2016
Expediente14-1693
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-04-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar los recursos de casación interpuestos tanto por el demandante, Nilson Mendoza Rodríguez, como por la empresa demandada, Excelsior Gama Supermercados, C.A. La sentencia de primera instancia fue confirmada, manteniendo la condena a la empresa por indemnizaciones derivadas de enfermedad ocupacional. La Sala argumenta que no se incurrió en los vicios denunciados por las partes, y que la decisión del juez de primera instancia fue adecuada y conforme a derecho.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la sentencia recurrida no incurrió en el vicio que se le imputa, toda vez que la sentencia de primera instancia, condenó el pago de intereses moratorios e indexación de las cantidades condenadas, lo cual no fue objeto de apelación en segunda instancia, siendo que el Juez de la recurrida se pronunció únicamente sobre los puntos de apelación; por lo que en tal sentido, dicha condenatoria quedó firme al no haber sido apelada; en todo caso ante el hecho de la omisión de condena de los mencionados conceptos por parte del Juez de la recurrida, debe el Juez de ejecución aplicarlo; y conforme a los términos previstos en la decisión de primera instancia, la omisión delatada no es determinante del dispositivo del fallo.

Dispositiva

Declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora, ciudadano Nilson Mendoza Rodríguez. SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la empresa EXCELSIOR GAMA SUPERMERCADOS, C.A., contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de noviembre de 2014: CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

falso supuestodaño moralresponsabilidad objetivaenfermedad ocupacionalpruebascertificaciónjurisprudencia

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