Sentencia N° 391 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de marzo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 0391, Exp. 06-2237, 14/03/2007
Expediente06-2237
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-03-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Nirdilia Serrano contra la sentencia del Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La Sala determinó que no existían evidencias de violaciones a las normas denunciadas por la recurrente, quien alegaba que la sentencia recurrida había dado por terminado el procedimiento de estabilidad laboral sin la debida aplicación de las normas de orden público laboral.

Extracto de la motiva

Conviene observar, que siendo el recurso de control de legalidad un medio de impugnación excepcional, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en la norma contenida en el artículo 178 de la Ley Adjetiva Laboral; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de noviembre de 2006, dictada por el Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

control de legalidadestabilidad laboralinadmisionjurisprudencia laboralrecursoLey Orgánica Procesal del Trabajonormas de orden público

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