Sentencia N° 388 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de marzo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0388, Exp. 06-2196, 14/03/2007
Expediente06-2196
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-03-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Daniel Alfonso Acosta Barboza contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala argumenta que, aunque se cumplan los requisitos de admisibilidad, la decisión se restringe a situaciones donde se violenten disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada. En este caso, se concluye que no hubo violación de las normas denunciadas ni de la doctrina jurisprudencial, por lo que se declara inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violó los artículos 26, 49, 89.3, 93, 254, 257 y 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; los artículos 5°, 6°, 8°, 9° y 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; los artículos 5° y 59 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 94 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, así como la doctrina de las Sala Constitucional en sentencia Nro. 2769 del 3 de diciembre de 2004, y las sentencias Nro. 27 y 131 de fechas 5 de febrero de 2002 y 15 de marzo de 2005 de esta Sala, al declarar la perención de la instancia por cuanto la parte actora a partir del 28 de enero de 2004 hasta el 18 de abril de 2005, no realizó ningún acto procesal capaz de impulsar el procedimiento, pues a decir del recurrente, la notificación del Procurador es una obligación, una carga del Juez como director del proceso, pues corresponde al Tribunal y no al demandante su impulso, lo cual luego de un análisis de la sentencia recurrida, y de las actas procesales, observa la Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas ni de la doctrina jurisprudencial de la Sala, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, motivo por el cual se declara inadmisible el recurso interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia publicada el 25 de mayo de 2006, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
estabilidad laboralperención de instanciarecurso de apelacióncontrol de la legalidadjurisprudencia laboralorden públicodecisión inadmisible