Sentencia N° 387 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de abril de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0387, Exp. 11-698, 02/04/2014
Expediente11-698
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-04-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de abril de 2014, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la demandada, confirmando la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de Jorge Alberto Gómez contra Seguros Caracas de Liberty Mutual, C.A. La Sala determinó que existía una relación laboral entre las partes, evidenciada por la subordinación y el pago de comisiones por parte de la empresa demandada.
Extracto de la motiva
La Sala reitera en esta oportunidad, que corresponde a los Jueces, en cada caso concreto, determinar la naturaleza y calificación de los servicios prestados por el actor, cuando ello sea discutido en juicio, según la soberana apreciación de los hechos alegados por las partes y las pruebas aportadas por éstas al proceso. En tal sentido, al no haber incurrido la sentencia impugnada en el mencionado vicio de suposición falsa, no yerra por vía de consecuencia por error de interpretación del artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo (1997) ni en falta de aplicación del artículo 67 ejusdem, por tal razón, se declara improcedente esta denuncia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la demandada, contra la sentencia dictada el 14 de abril de 2011, por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.