Sentencia N° 387 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de junio de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0387, Exp. 11-1502, 10/06/2013
Expediente11-1502
PonenteARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-06-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada y sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. Se confirma la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Carabobo, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte demandante y sin lugar el de la parte demandada. La Sala argumenta que el salario del demandante era variable y no se incurrió en el vicio de interpretación alegado por el recurrente.
Extracto de la motiva
La recurrida declaró improcedente el salario mínimo, bajo el fundamento de que el salario que se pactó por las partes en el contrato de trabajo, fue por comisiones. A los folios 139 al 143 se desprende contrato de trabajo, del que se evidencia, específicamente en la cláusula segunda que el salario que devengará el vendedor por la prestación de sus servicios, será comisión del uno por ciento (1%) sobre el monto neto de las ventas efectivamente cobradas durante el mes. De los recibos aportados a los autos, específicamente a los folios 49 al 248 se evidencia que el demandante devengó en cada mes de prestación de servicio, un salario variable conformado por comisiones por cobranzas, además de otros conceptos de naturaleza laboral. Asimismo, se evidenció de los referidos recibos de pago que las comisiones devengadas por el uno (1%) por ciento por cobranzas efectuadas por el demandante en cada mes de prestación de servicio, eran superior al salario mínimo fijado por el Ejecutivo Nacional. Así pues, que al haber declarado improcedente el ad quem el pago del salario mínimo desde el inicio hasta la fecha de finalización de la relación de trabajo, no incurrió en el vicio alegado por el recurrente, ya que tal y como se apreció de las pruebas aportadas a los autos, el actor devengaba salario variable conformado por comisiones y otras percepciones de carácter laboral, además de que el monto por comisiones devengadas en cada mes de prestación de servicio, eran superior al salario mínimo fijado por el Ejecutivo Nacional.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 4 de noviembre de 2011; TERCERO: CONFIRMA la sentencia recurrida. Se condena en costas del recurso a los recurrentes.
Palabras clave
despido indirectoprestaciones socialesderecho laboraltutela judicialjusticiacontrato de trabajo