Sentencia N° 386 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de abril de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0386, Exp. 11-514, 02/04/2014
Expediente11-514
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-04-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de abril de 2014, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Diageo Venezuela, C.A. contra el fallo del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Nueva Esparta, que había declarado con lugar la apelación de la demandante Yunitza Karina Oliveros Marcano. La Sala confirmó que la relación laboral se estableció a través de la intermediación de Vipmodels, C.A., y que Diageo era responsable solidariamente por las obligaciones laborales. Se desestimaron las denuncias de suposición falsa y falta de aplicación de normas, considerando que la sentencia recurrida había motivado adecuadamente su decisión y valorado las pruebas presentadas.
Extracto de la motiva
La Sala ha sostenido que la suposición falsa tiene que referirse forzosamente a un hecho positivo y concreto que el Juez establece falsa e inexactamente en su sentencia a causa de un error de percepción, porque no existen las menciones que equivocadamente atribuyó a un acta del expediente, no existen las pruebas sobre las cuales se fundamenta el sentenciador, o éstas resulten desvirtuadas por otras actas o instrumentos del expediente. En este sentido, de las actas procesales que conforman el presente expediente se verifica que se configuran los elementos de subordinación y dependencia, ya que la relación de trabajo se originó y desarrolló a través de la intermediación de la empresa V.I.P. MODELS, C.A, por cuanto quien daba las instrucciones, adiestraba al personal y suministraba las herramientas de trabajo para la promoción e impulso de sus productos era la empresa DIAGEO VENEZUELA, C.A., lo que dio origen a la consecuencia jurídica, es decir, la solidaridad entre el intermediario empresa V.I.P. MODELS, C.A. y el beneficiario del servicio, empresa DIAGEO VENEZUELA, C.A. ASÍ SE DECIDE.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte codemandada Diageo Venezuela, C.A., contra el fallo emitido por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, el 22 de marzo de 2011. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestaciones socialesrelación laboralsolidaridadintermediación