Sentencia N° 383 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de junio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0383, Exp. 13-1419, 08/06/2015
Expediente13-1419
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-06-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia de la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió el recurso de casación interpuesto por Jesús Enrique Aristimuño Dorta contra la sentencia del Juzgado Sexto Superior del Trabajo, que había declarado sin lugar la apelación de la parte actora y con lugar la de la parte demandada. La Sala encontró procedente la denuncia de falta de aplicación de normas laborales, concluyendo que existió una relación laboral entre el demandante y la demandada desde el 4 de diciembre de 1989 hasta el 8 de abril de 2011, y que la demandada no logró desvirtuar la presunción de laboralidad. Por lo tanto, se anula el fallo recurrido y se declara parcialmente con lugar la demanda del actor.

Extracto de la motiva

La Sala observa: Ha dicho la Sala, en reiteradas oportunidades, que la falta de aplicación de una norma, tiene lugar cuando el sentenciador niega la aplicación de una disposición legal que está vigente, a una determinada relación jurídica que está bajo su alcance. En el caso concreto, la recurrida, al analizar las testimoniales promovidas por la demandada, refirió que las declaraciones de los testigos promovidos por el actor evidencian que el actor era considerado en la empresa como ejecutivo de ventas y cobranzas; que tenía un puesto de trabajo asignado en la empresa; que manejaba la cartera de clientes de gobierno; que esta cartera era asignada por la demandada; que la empresa respondía por los servicios prestados, suministraba los elementos de trabajo y realizaba las instalaciones con sus propios técnicos; y, que el actor devengaba comisiones por sus servicios de venta y cobranza. La Sala concluye que la demandada no desvirtuó la presunción de laboralidad prevista en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, actualmente, artículo 53 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, razón por la cual, considera la Sala que la recurrida, al establecer que la prestación de servicio fue de carácter mercantil, incurrió en falta de aplicación de las normas denunciadas.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 1° de agosto de 2013 por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: se anula el fallo recurrido; y, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JESÚS ENRIQUE ARISTIMUÑO DORTA, contra la sociedad mercantil ASCENSORES SCHINDLER DE VENEZUELA, S.A.

Palabras clave

casaciónlaboralprestaciones socialesrelación laboralcomisiones

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