Sentencia N° 382 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de mayo de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0382, Exp. 12-418, 09/05/2012
Expediente12-418
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-05-09
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, tras la decisión del Juzgado Superior Segundo del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y determinó que el recurso no cumplía con las exigencias necesarias para su procedencia.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Denuncia la parte recurrente, que el sentenciador de alzada infringió normas de orden público, como son las contenidas en los artículos 10 de la Ley Orgánica del Trabajo y 89 de la Constitución de la República, al declarar el desistimiento de la acción y no el desistimiento del procedimiento, puesto que de esa forma, no podrá interponer nuevamente su acción y, al ser los derechos laborales irrenunciables, es nula toda acción, acuerdo o convenio que implique renuncia o menoscabo de esos derechos.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 07 de marzo del año 2012, emanada del Juzgado Superior Segundo del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciasderechos laboralesinadmisibilidadorden público