Sentencia N° 377 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de abril de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0377, Exp. 13-1762, 25/04/2016
Expediente13-1762
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-04-25
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, CERVECERÍA POLAR, C.A., contra una sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de LUIS JULIÁN SUBERO TORREALBA. La Sala, tras analizar las denuncias de la parte recurrente, concluyó que no existía error en la identificación de las partes en la sentencia recurrida, a pesar de la omisión en el encabezado, ya que la identificación estaba presente en el cuerpo del fallo.
Asimismo, se abordó la interpretación de la cláusula de la Convención Colectiva aplicable al caso, donde se determinó que el actor no era un trabajador de confianza, sino un trabajador ordinario, lo que lo excluía de los beneficios de dicha convención. Finalmente, la Sala declaró sin lugar el recurso de casación y confirmó el fallo recurrido, condenando al recurrente en las costas del recurso.
Extracto de la motiva
De conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, toda sentencia deberá contener ‘la identificación de las partes y sus apoderados’, requerimiento legal que guarda estrecha relación con los principios procesales de “autosuficiencia” y “unidad del fallo”, conforme a los cuales toda sentencia debe bastarse a sí misma y constituye un todo indisoluble. De este modo, la determinación del objeto debe aparecer directamente en el fallo y no debe requerir de nuevas interpretaciones ni del auxilio de otros instrumentos, ya que si el fallo no identifica las partes, es inejecutable y no pueden establecerse los límites de la cosa juzgada, configurándose el vicio de indeterminación objetiva. En el caso concreto, la recurrida en la primera línea de la primera página señala el número de cédula de identidad del demandante (14.271.957); en la misma página expone que conoce en virtud de la apelación ejercida por las partes contra la sentencia publicada el 20 de diciembre de 2012 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró: “PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por el ciudadano LUIS SUBERO contra CERVECERÍA POLAR, C.A.”; adicionalmente, consta en la referencia de la recurrida a la contestación de la demanda, que las defensas están dirigidas a la pretensión del ciudadano Luis Subero; y, en todas las pruebas se menciona al ciudadano Luis Subero. Considera la Sala que no existe duda en la identificación de las partes, pues aun cuando se omitió el nombre de la parte demandante en el encabezado del fallo, constan en la narrativa y en la motiva, expresiones suficientes de identificación del actor por lo que no resulta inejecutable el fallo y permite establecer los límites de la cosa juzgada, razón por la cual, no se evidencia el error de indeterminación subjetiva o falta de identificación de las partes sobre las cuales recae la decisión.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Primera de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 31 de octubre de 2013 por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y, SEGUNDO: se confirma el fallo recurrido. Se condena al recurrente en las costas del recurso de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
casaciónprestaciones socialesconvención colectivatrabajador ordinarioidentificación de partes